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Hace más de 30 años, el primer sistema estabilizado de antena
satelital brindó servicios de voz, transmisión de datos y video en
banda ancha a la embarcación que monitoreaba el amerizaje de una
cápsula espacial Apolo en el Océano Pacífico. Luego de varios años de
desarrollar sistemas especializados, apareció una tecnología menos
costosa y más confiable que llevó a la primera instalación comercial
de una ESV a bordo de un crucero hace 15 años. Con el avance de la
tecnología y la instalación de más ESV, quedó de manifiesto la
necesidad de establecer requisitos técnicos y un marco regulador para
las ESV, a fin de asegurar la protección de estaciones que utilizan la
misma frecuencia en el Servicio Fijo (SF) y la protección de satélites
adyacentes en el Servicio Fijo por Satélite (SFS).
Durante la CMR-97, la UIT-R aprobó un punto del temario futuro para
definir el marco regulador internacional en relación a las ESV y
encomendó un estudio al GT 4-9S a efectos de que defina los requisitos
técnicos para las operaciones de las ESV. El GT 4-9S dividió el
trabajo en cuatro recomendaciones: construcción de áreas compuestas de
coordinación para las ESV[1];
identificación de frecuencias a ser usadas por las ESV[2];
evaluación del potencial de interferencia desde las ESV a estaciones
en el SF[3];
y la distancia mínima desde la costa más allá de la cual las ESV no
causarían interferencia a las estaciones terrestres[4].
Asimismo, GT 4A desarrolló una recomendación sobre las características
de los sistemas ESV[5].
Este fue un ambicioso plan de trabajo en un área nueva de estaciones
móviles terrestres que utilizan el SFS y, en consecuencia, no llamó la
atención que únicamente dos de las cinco recomendaciones se
finalizaran a tiempo para la CMR-2000.
Al
momento de la CMR-2000, varias administraciones sintieron la necesidad
de establecer una base reguladora a la luz del creciente número de
ESV. Las administraciones de la CITEL participaron muy activamente en
esta iniciativa y, como resultado de la misma, la CITEL presentó una
Propuesta Interamericana para cumplir con el punto del temario 1.8
sobre ESV. No fue posible completar el trabajo sobre el marco
regulador durante la CMR-2000 debido a que no hubo acuerdo en torno a
la distancia mínima desde la costa para operaciones de las ESV sin el
previo consentimiento de las administraciones afectadas[6].
No obstante, la CMR-2000 aprobó la Res. 82 para finalizar de manera
urgente los estudios y resolver los temas relativos a aspectos
reguladores durante la CMR-03. Asimismo, la Res. 82 reconoció que las
ESV podrían operar en el SFS de conformidad con el ítem No. 4.4 del
Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT.
Las tres recomendaciones restantes relativas a ESV fueron finalizadas
y aprobadas durante la Asamblea de Radiocomunicaciones de junio de
2003. Una gran cantidad de administraciones y organizaciones
regionales aportaron propuestas para cumplir con el punto del temario
1.26 sobre ESV durante la CMR-03. La IAP de la CITEL relativa a las
ESV fue de gran utilidad en el desarrollo de los debates sobre las
ESV. Como resultado de los esfuerzos del equipo de la CITEL y de las
administraciones miembros, se lograron los objetivos más importantes
establecidos en la IAP.
La
CMR-03 estableció el marco regulador para las ESV con varios agregados
al Reglamento de Radiocomunicaciones, incluyendo: notas al pie sobre
la tabla de asignaciones[7];
una resolución con el marco regulador[8];
y una recomendación de la CMR con lineamientos para las
administraciones y operadores de ESV[9].
Estos cambios constituyen en la actualidad la base internacional para
las ESV que operan en banda C- y Ku dentro del SFS coprimariamente.
Con posterioridad a la CMR-03, una gran cantidad de administraciones y
de organizaciones regionales comenzaron a estudiar los medios para
implementar la Res. 902 en sus normativas nacionales. En enero de 2005
la FCC (Comisión Federal de Comunicaciones) adoptó nuevas regulaciones
federales sobre la Res. 902. Las nuevas reglamentaciones de los EEUU
establecen los métodos para demostrar el cumplimiento de los
requerimientos técnicos y los procedimientos relativos al otorgamiento
de licencias de ESV[10].
En
septiembre de 2004, el CCP.II de la CITEL
comenzó a trabajar sobre una recomendación que contenía las cláusulas
y condiciones reguladoras clave para el uso de ESV en las Américas. La
recomendación fue adoptada durante la reunión del CCP.II
que se llevó a cabo en octubre de 2005[11],
y la misma tiene por fin proporcionar lineamientos a las
administraciones de la CITEL para la implementación de normas
nacionales que rigen operaciones ESV. Al adoptar estándares regionales
comunes, la CITEL facilitará el movimiento de las ESV dentro y fuera
de los puertos regionales, y garantizará que los requerimientos de
licencia conforme la recomendación brindan la protección contemplada
en la Resolución 902 para servicios
terrestres y satélites adyacentes.
En
la actualidad, el CCP.II analiza una
resolución que insta a los estados miembros a adoptar los lineamientos
contenidos en la recomendación relativa a ESV al momento de formular
reglamentaciones nacionales en este sentido, y a permitir la
operación, en sus aguas territoriales o en aguas cercanas, de
estaciones terrenas a bordo de embarcaciones cuyas licencias hayan
sido otorgadas por otros estados miembros de conformidad con dicha
recomendación.
Asimismo, la CEPT aprobó decisiones reguladoras para la operación de
ESV en Europa en mayo de 2005[12].
En base a las decisiones de la CEPT/ECC, el ETSI desarrolló
estándares técnicos para las ESV[13].
Hoy en día, varias administraciones de todo el mundo están formulando
normas nacionales relativas a las ESV, inspirándose en el ejemplo de
la CITEL y de nuestros Estados miembros.
Robert Hanson
Vice Presidente
Maritime Telecommunications Networks, Inc.
E.mail: robert.hanson@mtnsat.com
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