Boletín electrónico / Número 31 - Enero, 2007

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CITEL adopta una Recomendación sobre el uso de los GMPCS durante emergencias y desastres naturales

Luego de varios años de análisis y discusión, el Comité Consultivo Permanente II, Radiocomunicaciones incluyendo Radiodifusión tomó el paso fundamental de adoptar una Recomendación para el uso por los Estados miembros que provee una guía sobre como los sistemas móviles mundiales de comunicaciones personales (GMPCS) pueden hacerse disponibles rápidamente y en forma oportuna en una situación de emergencia nacional.

Es un reconocimiento de la importancia de comunicaciones inmediatas luego de un desastre natural como ser un temblor de tierra, un huracán o una masiva inundación. Estos eventos pueden destruir o producir daños graves a la infraestructura terrenal existente. En consecuencia, es aparente que los únicos medios para comunicaciones rápidas y confiables son servicios de comunicaciones de sistemas del Servicio Móvil por Satélite (SMS) que tienen terminales pequeñas portátiles que no dependen de esta infraestructura.

La Recomendación CCP. II/REC.20 (VIII-06) , MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA DISPONIBILIDAD DE LOS GMPCS DURANTE EMERGENCIAS Y DESASTRES NATURALES, reconoce que el despliegue de terminales SMS para el uso en situaciones de emergencia depende de un marco regulatorio de telecomunicaciones flexible que de respuesta rápida, que facilite el movimiento de terminarles a través de las fronteras y que, según sea necesario, provea procedimientos de autorización expeditos.

La Recomendación es consistente con la Declaración de San José que solicita a los Estados a “[d]esarrollar estrategias para la reducción de la vulnerabilidad de las infraestructuras de telecomunicaciones a los desastres naturales, y fomentar la utilización de todo tipo y medio de comunicación que pueda contribuir al acceso a las comunicaciones en caso de desastre.”,

Para llevar a cabo los objetivos indicados más arriba la Recomendación del CCP.II de la CITEL indica lo siguiente:

1.          Que los Estados miembros de la CITEL consideren la adopción de procedimientos que, sujetos al marco jurídico permitido para las operaciones de socorro en respuesta a emergencias y desastres naturales, faciliten la libre circulación e implementación de terminales del sistema GMPCS por satélite cuando cada administración considere que ello es necesario;

2.          Que las empresas explotadoras del GMPCS deben llevar a cabo los procedimientos necesarios con las administraciones de la CITEL a fin de recibir la autorización para operaciones de socorro en el caso de desastres naturales o emergencias,

3.          Solicita que las administraciones que autoricen el uso de terminales del sistema satelital GMPCS para operaciones de socorro en el caso de desastres naturales o emergencias informen en ese sentido a la Secretaría Ejecutiva de la CITEL, de modo que la información pueda ser publicada en el sitio de la CITEL en la Red Mundial. (Véase el Anexo.).

             Servicios móviles por satélite autorizados disponibles para operaciones de socorro en casos de desastre

[ADMINISTRACIÓN]

 

Elemento

DESCRIPCIÓN

 

Organización

Nombre de la organización que autoriza las telecomunicaciones.

Contacto

Persona o personas responsables de la coordinación, e información sobre el contacto.

Servicio SMS

Descripción de elementos SMS disponibles para su uso en el país, y puntos de contacto:

1.     Empresa explotadora A: nombre y número de teléfono.

2      Empresa explotadora B: nombre y número de teléfono del contacto.

Autorizaciones de terminales

Carácter de las autorizaciones concedidas. Identificar la organización y la dirección de correo electrónico para el contacto por esta vía.

Para que esta Recomendación sea un éxito algunas de las áreas que sería necesario considerar incluyen las siguientes:

a.  Eliminación de la duplicación de los procedimientos de certificación de terminales.

b.     Simplificación de los procedimientos de registro de GMPCS, reconociendo que es imposible para un operador de GMPCS tener compañías subsidiarias en cada país donde sea utilizado.

c.     Disposiciones para múltiples vendedores de terminales.

d.     Evitar la duplicación de requisitos de coordinación de frecuencias.

e.     Barreras de las aduanas que pueden hacer difícil el tránsito entre fronteras de equipos de GMPCS.

 Se alienta a las Administraciones de la CITEL para que tomen las medidas necesarias en sus países para facilitar la implementación de esta Recomendación lo antes posible para tener la capacidad de GMPCS disponible cuando sea necesario.

 

Don Jansky
Relator sobre cuestiones de GMPCS
CCP.II

 

 


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