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INFORME DE DIAGNÓSTICO SOBRE ROAMING INTERNACIONAL A PARTIR DEL CUESTIONARIO
SOBRE LOS SERVICIOS DE ROAMING INTERNACIONAL
servicio es usado en zonas de frontera, también deberán informar la existencia
de planes tarifarios específicos para estas zonas.
9 La inclusión en el recibo de pago respecto del detalle de los consumos
realizados por la prestación del servicio, y en el caso de los abonados prepago,
el otorgamiento de un detalle electrónico en el que consten los consumos,
debiendo en este último caso remitir dicho detalle a una cuenta de correo
electrónico que proporcione el abonado, o a través de una herramienta
informática que implemente la empresa operadora en su página web.
9 Los medios a través de los cuales podrá solicitar información y asistencia
gratuita, cuando se encuentre en itinerancia.
9 El enlace electrónico que direccione directamente a la información específica
sobre el servicio de roaming internacional, la cual deberá estar contenida en
la página web de las empresas.
Asimismo, se ha dispuesto que cada vez que un abonado que tenga activo el
servicio de roaming internacional y acceda a una red en el extranjero, la empresa
operadora deberá comunicarse con el abonado mediante una llamada telefónica
y/o a través del envío de un mensaje de texto u otro mecanismo similar, sin costo
alguno, con la finalidad de informarle respecto a:
9 La operatividad y puesta en funcionamiento del servicio.
9 Las tarifas que se aplicarán, por el servicio de voz, mensajería y datos.
9 El número telefónico de acceso gratuito que implemente con la finalidad
de absolver consultas y formular reclamos relativos al servicio de roaming
internacional.
De igual forma, en los casos que corresponda, la empresa operadora deberá informar
al abonado acerca del límite de consumo del servicio de roaming internacional (voz,
mensajería y datos), mediante el envío de mensajes de texto en forma periódica.
Asimismo, en lo que concierne al servicio de datos con límite de consumo, la
empresa operadora está obligada a proceder a la suspensión del servicio, cuando
se alcance el límite de la capacidad de descarga contratada por el abonado.
De otro lado, las empresas operadoras del servicio público móvil han estado
incluyendo en sus modelos de contrato de abonado, el acceso al servicio de roaming
internacional, el mismo que al encontrarse activado por defecto, permite que
los abonados accedan a una red en el extranjero distinta a la de su operador, sin
que dicho acceso haya sido solicitado expresamente. Esta situación ha motivado
diversas consultas y reclamos por parte de los abonados de dichos servicios, en la
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